Ilegal dar a conocer datos de pacientes con COVID-19

La Ley de Protección de Datos Personales estatal obliga a proteger los datos de las personas y a no entregarlos, sin consentimiento
29 marzo, 2020

Todas las autoridades de salud tienen la obligación de proteger la información sensible de los pacientes del COVID-19, es decir, los datos personales como nombre, edad, dirección y expedientes clínicos.

La Ley de Protección de Datos Personales estatal obliga a proteger los datos de las personas y a no entregarlos, sin consentimiento, pero también a cuidar sus expedientes y a evitar un posible robo o pérdida, a través de medidas de seguridad.

El comisionado de transparencia José Guadalupe Luna advirtió que las autoridades estatales deben evitar la reproducción no autorizada, robo o pérdida de la información, garantizar un resguardo adecuado, pues además de la atención médica, habrá retos como un correcto seguimiento a la información y un tratamiento adecuado de los datos personales.

Por su lado, el también comisionado Gustavo Parra señaló que emitieron recomendaciones para el tratamiento de los datos personales, pues deben ser tratados estadísticamente, pero no revelar información de la identidad, ni de datos del expediente de los pacientes. Estas medidas deben atenderse de forma especial cuando se trate de menores de edad.

Las recomendaciones del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem) incluyen un llamado a las instituciones de salud pública de la entidad, y a los representantes de los medios de comunicación, para garantizar información confiable y fidedigna a la población y la más amplia protección a los datos personales de los pacientes diagnosticados con COVID-19.

“Para este organismo garante es de suma importancia que el tratamiento de los datos personales de los pacientes, así como de familiares de los mismos, sea realizado bajo óptimas medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas para evitar la reproducción no autorizada, robo o pérdida de expedientes clínicos cuya divulgación suponga un riesgo a la privacidad de sus titulares.

“Por otra parte, dado que los datos de salud son considerados de carácter sensible, se pide a los servidores públicos de las instituciones de salud que actúen en todo momento con ética y observen principalmente los deberes de integridad y confidencialidad que marca la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios”, señala el documento.

Además, las autoridades de salud recomiendan recabar los datos personales mínimos indispensables que coadyuven a implementar medidas de prevención y contención en la propagación del virus. También, exhortan a los responsables y encargados de datos personales, involucrados en esta contingencia, para no revelar datos confidenciales y tratarlos de acuerdo con la finalidad para la que son recolectados.

El Infoem mantiene operaciones pese a la contingencia sanitaria, por lo cual, en caso de advertir algún tipo de violación a la protección de datos personales ofrecerá orientación a quien lo solicite.

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