¿Qué actividades no se suspenden durante la emergencia por COVID-19 en México?

Trabajadores de la salud, de protección ciudadana, seguridad pública, encargados de servicios públicos permanecerán en funciones
31 marzo, 2020

Las personas que se desempeñan en actividades esenciales para el funcionamiento de la economía, de los programas sociales del Gobierno, así como de servicios básicos sí continuarán laborando durante la emergencia por COVID-19.

En el listado que Hugo López-Gatell, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, presentó el 30 de marzo detalló los cinco grupos de actividades esenciales que continuarán trabajando. Aquí te los presentamos:

  • Grupo A: conformado por quienes de manera directa realizan actividades necesarias para atender la emergencia sanitaria.
  • Grupo B: en el se ubica el personal involucrado en tareas de seguridad pública, protección ciudadana, la defensa de la integridad y la soberanía nacional, la procuración e impartición de justicia, así como la actividad legislativa en los niveles federal y estatal.
  • Grupo C: integra a los sectores que se consideran esenciales para el funcionamiento de la economía, pero no se detalló quiénes son y qué personal estaría contemplado. López-Gatell dijo que esta información se dará a conocer más adelante.
  • Grupo D: en este sector se encuentra la operación de los programas sociales del Gobierno. Para esto, las oficinas públicas harán una reducción inmediata de las actividades administrativas accesorias, «pero la operación no para», expresó el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud.
  • Grupo E: aquí se encuentran las personas que se encargan de la producción y distribución de servicios indispensables: agua, energía, drenaje, saneamiento básico, etcétera.

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