¿Funciona la Ley de Extinción de Dominio en el Edomex?

En 2019 sólo lograron seis sentencias favorables de las 12 que se tramitaron para quitarle a diversos grupos delictivos los recursos que obtuvieron de manera ilícita
1 enero, 2020

Las cantidades de dinero que ha obtenido la Fiscalía mexiquense al incautar bienes al crimen organizado es de apenas 19 mdp en tres años, una cifra menor si se compara con los ingresos que obtienes estás organizaciones criminales.

La Ley de Extinción de Dominio estatal exige que para iniciar un proceso deben existir pruebas y que aplicara a delitos como: narcomenudeo, secuestro, robo de vehículos, trata de personas y enriquecimiento ilícito


Aun cuando entre 2017 y 2019 la Fiscalía General de Justicia del Estado de México ganó 27 sentencias de extinción de dominio, con las cuales buscó debilitar las estructuras patrimoniales y financieras de las organizaciones criminales que operan en la entidad, esos bienes apenas ascendieron a cerca de 19 millones de pesos. La cantidad es mínima frente a los recursos obtenidos por la delincuencia.

¿Qué es la extinción de dominio?

La extinción de dominio es la pérdida de derechos sobre bienes que fueron usados para cometer delitos y pasan a ser propiedad del Estado, después de un procedimiento que debe iniciar el Ministerio Público

La Ley de Extinción de Dominio estatal exige que para iniciar un proceso deben existir pruebas y que aplicara a delitos como: narcomenudeo, secuestro, robo de vehículos, trata de personas y enriquecimiento ilícito, siempre y cuando el dueño no pueda demostrar la procedencia lícita de los bienes.

La acción de extinción de dominio procede cuando los bienes sean instrumento, producto u objeto del delito, o hayan sido utilizados o destinados para ocultar o mezclar bienes producto del delito; así como cuando sean usados para algún delito por un tercero y el dueño no lo haya notificado. La ley permite que se presenten denuncias anónimas.

La Fiscalía General de Justicia tiene una Unidad Especializada de Inteligencia Patrimonial y Financiera para detectar estructuras financieras de la delincuencia.

En 2019 sólo lograron seis sentencias favorables por 3 millones de pesos, aunque tramitaron 12 demandas para quitarle a diversos grupos delictivos los recursos que obtuvieron de manera ilícita


Aunque la primera ley entró en vigor a mediados de febrero de 2012, prácticamente no obtuvo resultados, por lo cual, en 2016 se expidió una nueva norma, actualmente en vigor, encaminada a agilizar los procedimientos de extinción de dominio, por lo cual los primeros reportes de su aplicación datan del 2017.

En ese año se adscribió el Instituto de Administraciones de Bienes Vinculados al Procedimiento Penal y la Extinción de Dominio del Estado de México a la Oficialía Mayor de la Fiscalía General para administrar los bienes asegurados y la FGJEM reportó un inventario de 18 mil 226 bienes, de diversa naturaleza, asegurados durante diversas investigaciones, entre ellos: vehículos, bienes muebles e inmuebles.

Con esta norma, la fiscalía presumió la implementación de un modelo de inteligencia financiera para obtener información sustantiva para la toma de decisiones y tener indicios para la investigación y persecución de hechos ilícitos e identificación de redes criminales.

Legalmente, los bienes y estructuras patrimoniales y financieras de la delincuencia deben tener un destino social cuando pasan a manos del gobierno, ya sea para educación, salud, convivencia, cultura o seguridad pública.

Los informes

En el segundo informe del fiscal, Alejandro Gómez Sánchez, se reportó que de enero de 2017 a marzo de 2018 se presentaron 16 demandas, pero sólo 11 sentencias fueron favorables por extinción de dominio, con un monto de 7 millones 533 mil 339 pesos.

En 2018 tuvieron que gestionar cursos con de la Embajada de Estados Unidos y el Colegio de Notarios para la especialización del personal que labora en la Unidad Especializada en Inteligencia Patrimonial y Financiera, la cual judicializó 8 denuncias y obtuvo 10 sentencias condenatorias por 8 millones 513 mil 819 pesos.

En ese año se elaboraron 284 estudios en materia financiera para la integración de los expedientes de extinción de dominio y abandono, gracias a que la Constitución federal acrecentó el catálogo de delitos en las investigaciones derivadas de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, extorsión, delitos contra la salud, secuestro, robo de vehículos, trata de personas, enriquecimiento ilícito y delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

En el tema de menoscabar los recursos de la delincuencia organizada, el monto obtenido parece poco y no se observan golpes efectivos a la delincuencia en materia financiera


Sin embargo, para el 2019, de acuerdo con el cuarto informe de labores de la FGJEM, sólo lograron seis sentencias favorables por 3 millones de pesos, aunque tramitaron 12 demandas para quitarle a diversos grupos delictivos los recursos que obtuvieron de manera ilícita. Ésta es la cantidad recuperada más baja de estos años.

Entre estos seis casos está la primera sentencia firme a nivel nacional por extinción de dominio a un bien de naturaleza ejidal con un valor de 2.7 millones de pesos, por secuestro, que sirvió como precedente para incorporar esta figura en la Ley Nacional de Extinción de Dominio, expedida el año pasado, es decir, que sólo de una sentencia se obtuvo el mayor monto.

El año pasado las autoridades elaboraron 198 estudios en materia patrimonial y financiera de los cuales derivaron las 12 demandas y, según la fiscalía, están fortaleciendo los lazos de coordinación con diversas instancias, públicas y privadas, para obtener más datos en investigaciones de entorno patrimonial y financiero que permitan aumentar el número de casos efectivos de extinción de dominio.

Ven deficiencias en la aplicación

El abogado en materia civil mercantil y profesor definitivo de la UAEM Javier Mejía Torres, también integrante del Colegio de Abogados del Estado de México consideró que técnicamente la ley ha cumplido con su objetivo de regular el procedimiento de la extinción de dominio.

Sin embargo, en el tema de menoscabar los recursos de la delincuencia organizada, el monto obtenido parece poco y no se observan golpes efectivos a la delincuencia en materia financiera.

«Dista mucho de cumplir con ese objetivo, no creo que les estén pegando mucho a la delincuencia organizada con esas cantidades»

Añadió que la esencia de la ley es quitar el dominio de propiedades y bienes a personas imputadas por delitos y esa norma fue mejorada, pues el procedimiento actual es adecuado, más expedito que el anterior, pero falta aplicarlo, pues por los montos que se manejan en la delincuencia las cantidades son mínimas.

También explicó que el proceso es tardado y llega a prolongarse hasta por un año, aunque el procedimiento está muy bien reglamentado, al parecer el problema es la capacidad de la autoridad competente, en este caso de la Fiscalía, para iniciar demandas, pues la carga de trabajo podría impedir que inicien varias demandas a la vez.

Deja una respuesta

Your email address will not be published.

Síguenos

PUBLICIDAD

BOLETÍN

Únete a nuestra lista de correo

Como tú, odiamos el spam