Foto Victor Castillo
Este 29 de julio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará el proyecto de sentencia del Amparo en Revisión 636/2019, interpuesto por organizaciones en Veracruz contra el Congreso de dicha entidad, a través del cual se busca reformar el código penal veracruzano y así eliminar las sanciones que hay contra las mujeres que deciden abortar.
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El juicio de amparo comenzó en 2016, cuando en Veracruz se negó el derecho al aborto por violación a más de 400 niñas, de acuerdo con información del Observatorio Nacional Ciudadano de Feminicidio. Por eso, en abril de ese año diversas organizaciones solicitaron la implementación de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en esa entidad. Al año siguiente, se emitió la Declaratoria.
A la par, en 2016, se emitieron recomendaciones a los tres poderes de gobierno, entre los que se incluía una reforma a los artículos 149, 150 y 154 del código penal local, que definen al aborto como el delito de interrumpir “el embarazo en cualquiera de sus etapas” y que sancionan con prisión y multas a quienes lo practiquen, excepto cuando el embarazo sea resultado de una violación, ponga en peligro la vida de la madre o cuando el producto padezca alguna alteración.
Sin embargo, el Congreso calificó como improcedente esta iniciativa porque iba en contra del artículo 4° de la Constitución local, que protege la vida desde el momento de la concepción hasta la muerte.
Frente a ese panorama, las mismas organizaciones que promovieron la Declaratoria también promovieron un amparo por omisión legislativa, debido a que las y los diputados no modificaron una ley que discrimina y viola los derechos de las mujeres, contrario a los compromisos que adquirieron al emitir la Declaratoria.
Aunque las organizaciones ganaron el amparo, el Congreso local impugnó la resolución a través de recursos de revisión y, ante esa situación, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito declinó y el 19 de junio del año pasado pidió que el juicio de amparo fuera atraído por la SCJN.
Para que la resolución del amparo favorezca la despenalización del aborto en Veracruz serán necesarios tres de los cinco votos de los ministros de la Corte, esto implicaría que el Congreso local reforme el código penal de la entidad para eliminar las sanciones contra las mujeres que deciden abortar.
El eco de esta decisión no terminaría ahí: su amplitud permitiría que otros estados se ampararan también para impugnar ante la SCJN las penalizaciones por interrumpir el embarazo.
Hasta hoy, la interrupción legal del embarazo solo es una realidad en dos entidades: Ciudad de México y Oaxaca. En los 30 estados restantes, el aborto sigue estando sancionado.
Con información de SerendipiayPie de Página