Podrá el Ministerio Público solicitar información sobre deudores alimentarios

Se reconoce como necesario que el Ministerio Público se allegue de todos los medios para integrar la carpeta de investigación.
23 julio, 2020

La 60 Legislatura del Estado de México aprobó por unanimidad que el Ministerio Público pueda solicitar antecedentes sobre temas alimenticios al Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIFEM) y a la Dirección General del Registro Civil del Estado de México información sobre quien tenga la calidad de acreedor alimentario, en caso de que un deudor alimentario no cumpla con sus obligaciones.

El diputado Juan Pablo Villagómez Sánchez, proponente de la iniciativa a nombre del Grupo Parlamentario de morena, fue el encargado de dar lectura al dictamen que reforma el párrafo segundo del artículo 217 del Código Penal del Estado de México, en el que se reconoce como necesario que el Ministerio Público se allegue de todos los medios probatorios o de convicción para integrar la carpeta de investigación derivada del incumplimiento de obligaciones.

El dictamen indica que existe un alto índice de incumplimiento del pago de pensión alimenticia y que el deudor alimentario que incumple con su obligación causa un gran daño al acreedor al no recibir los recursos necesarios para atender sus necesidades básicas, que pueden llegar inclusive a afectar su alimentación y ocasionar graves daños, incluyendo la muerte, sobre todo en casos de personas con discapacidad y vulnerables.

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