36 funcionarios a juicio por caso Atenco

Son 11 las mujeres  que decidieron llevar el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)   que desde  septiembre del 2016 recibió el caso, sin embargo de acuerdo al centro de derechos humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Prodh) quienes llevan el caso de las denunciantes, al menos 31 de las mujeres detenidas en los hechos del 2006  denunciaron  en su momento agresiones sexuales por parte de las fuerzas de seguridad tanto al momento de la detención como en su traslado al penal y a su llegada a éste. La Corte Interamericana de Derechos Humanos juzgará este 16 y
16 noviembre, 2017

Son 11 las mujeres  que decidieron llevar el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)   que desde  septiembre del 2016 recibió el caso, sin embargo de acuerdo al centro de derechos humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Prodh) quienes llevan el caso de las denunciantes, al menos 31 de las mujeres detenidas en los hechos del 2006  denunciaron  en su momento agresiones sexuales por parte de las fuerzas de seguridad tanto al momento de la detención como en su traslado al penal y a su llegada a éste.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos juzgará este 16 y 17 de Noviembre el caso a consecuencia de que la justicia mexicana no llevó a cabo una investigación eficiente para esclarecer  las agresiones cometidas por policías, como intervino  la cadena de mandos, y el conjunto de los hechos de esos días, que fueron responsabilidad del Estado Mexicano. 
El centro Prod ha señalado que 36 servidores públicos (policías, médicos del penal de Santiaguito y agentes del Ministerio Público) están bajo investigación por estos hechos, pero hasta ahora no existe ninguna sentencia condenatoria firme y ningún funcionario federal o de alto nivel ha sido llamado a rendir cuentas.
En el proceso jurídico desarrollado en México Inicialmente se consignaron a 21 policías por abuso de autoridad, todos fueron absueltos por considerarse un delito no grave. Un agente estatal fue condenado por el delito de actos libidinosos, pero también fue absuelto porque no se considera grave.
De acuerdo a lo informado por el centro Prod y el diario La Jornada el caso del policía Baltazar Nateras Nava mostró como se desarrolló el proceso jurídico en favor de los servidores públicos,  pues contra él no se pudo emitir una orden de aprehensión por el hecho de que un juez consideró que había defectos técnicos en la solicitud. El juzgador dio un plazo de 90 días para corregir la falta, pero nuevos detalles legales hicieron que dicho periodo fuera rebasado, y el agente tramitó y obtuvo un recurso de amparo.
Así mismo diez médicos legistas que atendieron a las víctimas a su llegada al penal también fueron puestos en libertad. Los jueces estimaron que, por las características propias de su función, no tenían obligación de denunciar los hechos de tortura. Consideraron que al dejar constancia de las lesiones en sus reportes médicos, permitieron que los hechos pudieran ser investigados después.
Un agente del MP fue liberado luego de que un juez de distrito afirmó que su labor no era denunciar los delitos que hubiera podido notar en el transcurso de la indagatoria, sino únicamente investigar los que ya se le habían planteado en el expediente a su cargo.
En lo que respecta a los funcionarios más altos la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió  en 2009 que el gobernador Enrique Peña Nieto y Eduardo Medina Mora, no tuvieron responsabilidad en las violaciones de garantías en San Salvador Atenco y Texcoco.
Mientras tanto las once denunciantes ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos Mariana Selvas Gómez, Georgina Edith Rosales Gutiérrez, María Patricia Romero Hernández, Norma Aidé Jiménez Osorio, Claudia Hernández Martínez, Bárbara Italia Méndez Moreno, Ana María Velasco Rodríguez, Yolanda Muñoz Diosdada, Cristina Sánchez Hernández, Patricia Torres Linares y Suhelen Gabriela Cuevas Jaramillo, esperan la justicia desde hace 11 años. 
 
Posibles cambios al sistema de seguridad en México
Para el centro Prodh la resolución del caso es una oportunidad para contar con medidas concretas para atacar las fallas estructurales del sistema de justicia en México, evidenciadas en la grave crisis de derechos humanos que se vive en la actualidad, donde las prácticas de tortura siguen siendo generalizada, también la impunidad en las violaciones a derechos humanos y los delitos; la falta de controles adecuados sobre los cuerpos de seguridad y la nula rendición de cuentas de los responsables políticos.
De acuerdo al propio Centro hay impunidad en 98% de los delitos en México, por lo que la Corte IDH podrá ordenar al Estado implementar medidas estructurales para mejorar la investigación de violaciones a derechos humanos, como garantizar la independencia de las y los especialistas que documentan casos de tortura y fortalecer los controles sobre los cuerpos policiales.

Específicamente en el tema de género, la Corte podrá desarrollar los tipos de violencia sexual que pueden constituir tortura, -una grave violación a los derechos humanos que es reconocida por la ONU como generalizada en México -así como las obligaciones de los Estados de investigar y sancionar tales actos. Los criterios de la Corte podrán ser retomados como una herramienta para guiar la aplicación de la ley general contra la tortura en nuestro país. 
 
Además, la revisión del caso podrá ordenar la eliminación de las disposiciones en diversos estados de la República que hoy criminalizan la protesta, adecuando el marco normativo interno y modificando la práctica de las detenciones masivas.

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