Toluca, Méx.- Con las recién aprobadas reformas para endurecer las penas y sanciones económicas en materia de tráfico de armas, el Senado de la República realizó modificaciones al sistema judicial mexicano, mismas que pueden alcanzar hasta los 30 años de cárcel.
Así, las personas que sean detenidas bajo tráfico de armas, portación, acopio o posesión ilegal de las mismas, deberán enfrentar procesos que, de acuerdo a lo aprobado, pasarán de los tres a los 10 años de prisión, hasta los 30 años de reclusión.
De igual forma, para quienes vendan armas, municiones o explosivos -que no comprueben la procedencia de los mimos-, la ley dispone una condena de 10 a 15 años de prisión, además de 700 unidades de Medida y Actualización de multa, además del decomiso del material.
Para quien sea detenido por el delito de portación sin licencia emitida por la Secretaría de la Defensa Nacional, se contempla una pena tres a siete de reclusión.
Las reformas al Código Penal Federal y la Ley Federal de Armas de Fuego y explosivos, también propone prisión de cinco a siete años y de 300 a 500 Unidades de Medida y Actualización, así como el decomiso a quien posea cartuchos en cantidades mayores a las permitidas.
La reforma recién aprobada, también instaura un marco regulatorio en el que se reclasifiquen las figuras penales, se incremente la punibilidad y la sanción administrativa, por los actos y omisiones establecidos en la legislación penal federal en lo relativo a la portación y posesión, almacenamiento, compraventa, tráfico, transportación, uso, destino, de armas.
De acuerdo con los legisladores, el incremento de la pena debe ser proporcional a las condiciones actuales del país, para que ayuden a desincentivar la comisión de delitos con armas de fuego, no sólo por el riesgo que representan, sino también para el desarrollo armónico y sano de la sociedad.