Precisarán en la ley diferencia entre acoso y hostigamiento sexual  

Toluca, Estado de México;  7 de agosto de 2019. La definición de ‘hostigamiento sexual’ en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México, será replanteada para adicionar a su descripción las relaciones con las trabajadoras domésticas o en cualquier otro tipo de relación jerárquica. En reunión de las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales, de Procuración y Administración de Justicia y Para la Igualdad de Género de la 60 Legislatura, se reconoció el objetivo de la iniciativa a fin de proteger y salvaguardar la seguridad e integridad física, psicológica, social
7 agosto, 2019

Toluca, Estado de México;  7 de agosto de 2019. La definición de ‘hostigamiento sexual’ en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México, será replanteada para adicionar a su descripción las relaciones con las trabajadoras domésticas o en cualquier otro tipo de relación jerárquica.

En reunión de las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales, de Procuración y Administración de Justicia y Para la Igualdad de Género de la 60 Legislatura, se reconoció el objetivo de la iniciativa a fin de proteger y salvaguardar la seguridad e integridad física, psicológica, social y familiar de las mujeres, pero se coincidió en que los proponentes deberían añadir algunas consideraciones para que el planteamiento no sea subjetivo y su aplicación realmente ayude a las víctimas, detalla el Poder Legislativo en un comunicado de prensa.  

Los legisladores que participaron en el análisis de la iniciativa –añade-, fueron Guadalupe Mariana Uribe Bernal, Julio Alfonso Hernández Ramírez, Beatriz García Villegas, Alicia Mercado Moreno, Karina Labastida Sotelo, Liliana Gollas Trejo y Berenice Medrano Rosas, de morena; Brenda Escamilla Sámano e Ingrid Krasopani Schemelensky Castro, del PAN; Maribel Martínez Altamirano, del PRI, e Imelda López Montiel, del PT. 

La iniciativa menciona que, además de considerar al hostigamiento sexual como un acto de ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente a la persona agresora en sus relaciones laborales, docentes, de trabajo doméstico o cualquiera otra que implique jerarquía, también se añada que este acto se realiza a través de conductas con propósitos de lujuria y erótico-sexual. 

Los legisladores resaltaron que la iniciativa busca marcar una diferencia entre acoso sexual y hostigamiento sexual, ya que el primero atiende una relación interpersonal y el segundo una relación de subordinación de la víctima frente al agresor, por lo que las mujeres se sentirán más respaldadas, y reconocieron el que la propuesta pretenda proteger al grupo vulnerable de las trabajadoras domésticas que no solo sufren hostigamiento, sino también golpes, despidos injustificados y acusaciones falsas de robo. 

Entre las fortalezas de la iniciativa, los legisladores elogiaron que tanto la Legislatura como el Congreso de la Unión impulsen iniciativas para reconocer los derechos de las trabajadoras del hogar, como el de la seguridad social, y subrayaron el hecho de que la propuesta promueva el respeto y dignidad para este sector, además de que se aborda una problemática real que sufren las mujeres.

Respecto a las áreas de oportunidad de la iniciativa, los legisladores coincidieron en que habría que hacer compatible la normatividad local con la federal a través de un estándar legislativo, así como considerar la sensatez de limitar en la definición de hostigamiento sexual las relaciones laborales o docentes, ya que eso dejaría fuera a otras situaciones, y reflexionar sobre los conceptos de ‘lujuria’ y ‘erótico sexual’, los cuales podrían ser subjetivos a la hora de que las mujeres acudan denunciar ante el Ministerio Público.

De la definición de ‘acoso sexual’, que la Ley establece como una forma de violencia a través de la intimidación, amenaza o insinuación sexual que perturbe o altere el estado de ánimo de la víctima, los diputados señalaron que es otra situación que debe debatirse en esta iniciativa, debido a que es difícil que se compruebe la alteración al momento de la denuncia. 

La iniciativa plantea reformar el artículo 12 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México.

Deja una respuesta

Your email address will not be published.

Síguenos

PUBLICIDAD

BOLETÍN

Únete a nuestra lista de correo

Como tú, odiamos el spam