La sentencia impuesta al diputado Jesús Pablo Peralta García por parte del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) en el procedimiento especial sancionador PES/108/201, por el uso indebido de recursos públicos y violaciones a la veda electoral del Estado de México, fue revocada este miércoles por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Las quejas presentadas por el Partido Acción Nacional ante el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) contra el diputado priista, consistieron en una violación a la veda electoral por la edición de dos videos que fueron grabados dentro de las instalaciones del del Congreso local en las cuales el diputado solicitaba el voto de los ciudadanos así como, dar a conocer el plan de trabajo del entonces candidato al la gobernatura del Edoméx, Alfredo del Mazo Maza.
Sin embargo, la Sala Superior determinó que el Tribunal local coartó el derecho de libertad de expresión del diputado por ser un funcionario público. Es por eso que se determinó por mayoría, revocar la sentencia SUP-JDC-865/2017, ya que no se analizó debidamente el caso y se restringieron tajantemente los derechos de Peralta garcía por tener el cargo de diputado local en la LIX Legislatura del Congreso del Estado de México.
Finalmente el TEPJF recalcó la importancia de la comunicación con la ciudadanía por parte de los servidores públicos ya que es un ejercicio importante para la crítica y crecimiento de las políticas públicas, siempre y cuando no se implementen desvíos de recursos o se ejerza coerción en el voto.